En el contexto actual, muchas compañías recurren a la tercerización como herramienta para reducir costos y optimizar procesos. Sin embargo, la Corte Suprema de Justicia de la Nación ha reafirmado en recientes fallos que la tercerización no puede ser utilizada como un mecanismo para eludir responsabilidades laborales.
UN PROBLEMA MUY COMÚN
Una de nuestra especialistas en el área laboral, recibió la consulta de una pyme que contrató a una empresa de servicios para cubrir parte de su producción. Al poco tiempo, los trabajadores de la contratista inician reclamos judiciales por diferencias salariales y despidos sin causa. La demanda no se dirige solo a la contratista, sino también a la empresa principal bajo el principio de responsabilidad solidaria.
LA JURISPRUDENCIA RECIENTE
En distintos fallos, la Corte subrayó que, si la tercerización encubre fraude laboral, se activa la responsabilidad de la empresa contratante. Esto significa que delegar no exime de responsabilidad: el empleador principal debe verificar que la contratista cumpla con todas las obligaciones laborales y previsionales.
LA SOLUCIÓN EMPRESARIAL Y PROFESIONAL
En este caso, desde BNS Abogados implementamos una estrategia integral para limitar la exposición de la pyme. Primero, realizamos una auditoría de la contratista y documentamos las obligaciones incumplidas para demostrar que no correspondía extender la responsabilidad solidaria. Paralelamente, redactamos un nuevo esquema contractual, con cláusulas de control periódico y garantías de cumplimiento que resguardan a la empresa principal. Finalmente, logramos que la demanda se resolviera sin condena contra nuestro cliente, evitando un pasivo millonario y reforzando su esquema de tercerización bajo parámetros legales y sostenibles.
La tercerización es una herramienta válida y útil, siempre que se utilice con transparencia y en conformidad con la normativa vigente. La prevención jurídica es clave para transformar un riesgo en una oportunidad.
